Según informó el BCRA a través de la Comunicación “A” 7630, la medida exceptúa de la liquidación en el mercado de cambios los pagos que realicen los «no residentes mediante tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas emitidas en el exterior».
Entre ellos están incluidos los cobros por cualquier tipo de servicio turístico en el país contratados por no residentes, incluidos los contratados a través de agencias mayoristas o minoristas de viajes y turismo del país, así como los cobros de servicios de transporte de pasajeros no residentes con destino en el país por vía terrestre, aérea o acuática.
Según explicaron a Télam fuentes oficiales, el procedimiento implica que los dólares con los que paguen los turistas serán cambiados a pesos a través del mercado financiero y luego le pagarán en pesos a los comercios o servicios con el tipo de cambio de dólar MEP calculado «con los bonos más líquidos».
«Hasta hoy se utilizaba el tipo de cambio del Banco Nación. Las tarjeteras podrán cobrar una comisión por dicha operación», explicaron las fuentes, ya que no son los bancos los que intervienen en los gastos de los extranjeros en la Argentina, sino las empresas de tarjetas.
Si bien no será obligatorio que las tarjeteras ofrezcan este servicio, las que sí lo hagan tienen la obligación liquidar los dólares a través del dólar MEP.
Esto último es un factor clave, puesto que las operaciones de dólar MEP -a diferencia de las del contado con liquidación – implican que la persona o entidad que compra esos dólares a través de la operación en el mercado bursátil luego los deposita en un banco en la Argentina, a través de su agente de bolsa.
En ese sentido, si bien el Banco Central dejará de percibir los dólares que ingresaban al país a través del mercado de cambios, sí servirán para engrosar las reservas brutas, ya que una parte de las divisas que ingresen formarán parte de los encajes de los depósitos en dólares de las cuentas de los vendedores.
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FUENTE: télam